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España es uno de los países del mundo más avanzados en materia de reproducción asistida. Y es uno de los destinos principales de miles de personas que eligen el país cuando buscan el embarazo a través de un tratamiento de fertilidad. Las razones por las que esto ocurre son varias, siendo las principales la excelente calidad de la medicina que siempre ha caracterizado a España, y la legislación que regula toda la actividad relacionada con las técnicas de reproducción asistida que está enfocada en la salud del futuro menor y la vigilancia de las clínicas de fertilidad.
En este artículo vamos a darte las claves de la Ley de Reproducción Asistida de España, con la información y novedades que tenemos hasta este mes de febrero de 2024, y entenderemos el origen e historia de esta legislación. Vamos a repasar los puntos fundamentales de esta, señalando asimismo algunas similitudes y diferencias que podemos apreciar al compararla con la regulación de otros países.
Historia y remodelaciones
1998
En España, la primera ley creada sobre técnicas de reproducción asistida fue la Ley 35/1988, aprobada el 22 de noviembre de 1988. Esta fue pionera en su disciplina y estableció los principios básicos para la regulación de estos procedimientos. Más tarde, la Ley 35/1988 proporcionó el marco legal para la reproducción asistida en España, definiendo aspectos clave como la necesidad de consentimiento informado, la confidencialidad y el acceso a la información genética, así como los límites éticos y legales aplicados a estas técnicas.
En estos primeros es importante destacar que el fundador de Clínica Tambre, el doctor Pedro Caballero Peregrín, formó parte del Consejo Interministerial que fue necesario para crear y sentar las bases de la ley.
2003
Posteriormente, en 2003, se aprobó la Ley 14/2003, de 25 de junio, de técnicas de reproducción humana asistida, que modificó y amplió el marco legal establecido por la Ley 35/1988. Esta trajo consigo nuevos apartados, como los dedicados a la donación de gametos y embriones y el consentimiento expreso para la utilización de embriones sobrantes con fines de investigación científica.
2006
Finalmente, la Ley de Reproducción Asistida de 2006, Ley 14/2006, derogó la reglamentación anterior, proporcionando un marco legal más completo y actualizado para la reproducción asistida en España. Esta legislación se creó con el objetivo de regular y establecer los límites éticos y legales en el ámbito de la reproducción asistida, protegiendo los derechos de las personas involucradas, así como la salud y el bienestar de la descendencia concebida mediante estas técnicas.
¿Quiénes pueden acceder a estas técnicas y quiénes pueden llevarlas a cabo?
Es importante resaltar que la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, dicta que las usuarias de dichos procesos deberán ser siempre mayores de edad y, aunque la legislación no establece un límite, la Sociedad Española de Fertilidad (SEF) recomienda que sean los 50 años. En España por norma general no se realizan tratamientos a mujeres que superan esa edad.
Por su parte, solo podrán llevar a cabo las técnicas permitidas de reproducción asistida los centros autorizados. Se considera que estos reúnen unas condiciones óptimas y cumplen con unos rigurosos estándares de calidad, de acuerdo con los criterios de las auditorías sanitarias realizadas por los organismos competentes.
Registro estatal
Las clínicas tienen el deber asimismo de reportar anualmente su número de tratamientos efectuado y las tasas de éxito de estos, con el objetivo de garantizar la calidad de atención y la seguridad del tratamiento por medio de la vigilancia del organismo central, protegiendo en toda situación siempre la confidencialidad del paciente y su historia clínica.
En Europa, España es el único país que cuenta con un registro estatal de donantes y receptoras. Esto garantiza que la información no sólo está disponible en la clínica, sino que Ministerio de Sanidad tiene recogida y custodiada estos datos. Esto supone que hay un control estatal exhaustivo y constante de la actividad de las clínicas, sus tasas de éxito, tipos de tratamiento etc.
Adicionalmente, estos registros permiten que, independientemente de las clínicas, la información médica relevante esté en custodia no sólo en los centros. Esto garantiza que la información es accesible a los pacientes en el futuro, independientemente de la actividad de las clínicas. Esto es de vital importancia para evitar situaciones que sí se dan en otros países de la Unión Europea donde, por errores informáticos de los centros, se pierde la información y la trazabilidad para los pacientes.
Tratamientos para parejas de mujeres
De acuerdo con la Ley de Reproducción Asistida, la mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas con independencia de su orientación sexual y estado civil, cualquier diferencia en el tipo de tratamiento por estas causas se considera discriminatorio.
En este sentido, las parejas de mujeres podrán someterse a tratamientos de inseminación artificial y fecundación in vitro, entre los que destaca el método ROPA (Recepción de Ovocitos de la Pareja). Permite a parejas de mujeres compartir la maternidad, considerándose así un importante avance en términos de igualdad y reconocimiento de la diversidad familiar. Mediante este método, una de las mujeres aporta los óvulos que se fecundan in vitro con semen de un donante y el embrión resultante se transfiere al útero de la otra mujer, que será la gestante. Adicionalmente en este contexto los hijos nacidos de una pareja de mujeres son reconocidos inmediatamente ante la ley española como hijo de ambas evitando procesos de adopción o reconocimiento de la maternidad de la pareja como ocurre en otros países de la unión europea.
Tratamientos para mujeres solteras
La ley española aboga también por las familias monoparentales y por ello, en 2019, se aprobó una reforma para permitir la utilización de técnicas de reproducción asistida en mujeres sin pareja masculina por motivos sociales, pues anteriormente la ley sí reconocía a los hijos de estas nacidos gracias a un tratamiento, pero a este solo podían acceder mujeres con problemas de fertilidad. Esto confirma la voluntad de España de brindar igualdad a los diferentes modelos de familia, que no deben ser un obstáculo para el deseo de tener descendencia.
Donación de gametos y tratamientos asociados
La Ley de Reproducción Asistida aborda de manera integral la donación de semen y óvulos en España. La donación de gametos debe ser anónima, voluntaria y altruista, esto exceptuando únicamente la donación conyugal. Los donantes deben pasar por un proceso riguroso de selección y evaluación médica y psicológica para garantizar su idoneidad, su plena capacidad de obra y minimizar los riesgos genéticos que se pudiesen dar a la futura descendencia. Estos, además, deberán ser mayores de edad, aunque el límite lo establecerá cada clínica. En Tambre las donantes no suelen tener más de 30 años.
Además, el número máximo autorizado de hijos nacidos en España contando con gametos de un mismo donante no deberá ser superior a seis. Esto puede controlarse gracias al Sistema de Información de Reproducción Humana Asistida (SIRHA), donde todos los centros españoles acreditados vuelcan todo su registro de donantes. Esto permite que la información aquí consignada está disponible a futuro en el ente gubernamental, de ser necesaria, y lo hace para brindar más seguridad a los pacientes que de lo contrario si la clínica ya no estuviera disponible no tendrían otro recurso.
PAÍS | DONACIÓN DE SEMEN | DONACIÓN DE ÓVULOS | MATERNIDAD EN SOLITARIO |
ANONIMATO DEL DONANTE |
ESPAÑA | SI | SI | SI | SÍ |
FRANCIA | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
REINO UNIDO | SÍ | SÍ | SÍ | NO |
ITALIA | SÍ | SÍ | NO | SÍ |
ALEMANIA | SÍ | NO | SÍ | NO |
HOLANDA | SÍ | SÍ | SÍ | NO |
Legislación en torno al Diagnóstico Genético Preimplantacional
El Diagnóstico Genético Preimplantacional, DGP o también llamado PGT, es una técnica que permite analizar los embriones antes de su transferencia con el objetivo de diagnosticar posibles anomalías cromosómicas. La Ley de Reproducción Asistida de 2006 establece las condiciones bajo las cuales se puede realizar el DGP en España. En general, se permite su aplicación en casos específicos, como cuando hay un alto riesgo de transmitir enfermedades genéticas graves al descendiente, cuando existen antecedentes de abortos de repetición sin causa aparente o cuando las clínicas atienden a pacientes de edad avanzada.
Es importante destacar que el DGP en España está sujeto a regulaciones y requerimientos específicos establecidos por la legislación y su aplicación debe ser comunicada a la autoridad sanitaria correspondiente, que en última instancia informará de ella a la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida. Aquí el principio es la salud del futuro menor y no la selección por sexo u otros factores no relacionados con la salud.
Fuera de España la legalidad de las técnicas de análisis genético en embriones difiere bastante y resulta compleja, siendo por ejemplo más restrictiva en Alemania; y legal en Reino Unido, aunque la sanidad pública no lo cubre y el coste privado es muy elevado.
Ni elegir el sexo ni transferir más de 3 embriones
Si bien el documento legal a lo largo de sus 28 artículos cubre una infinidad de técnicas, tratamientos y supuestos, en este artículo hemos recogido aquellos que, a nivel preliminar, afectan directamente a la mayoría de procesos de los pacientes.
Cabe señalar que la legislación española prohíbe que cualquier técnica que se aplique sobre el embrión se oriente a la selección del sexo del futuro bebé. Asimismo, la legislación española recoge también que no se podrán transferir al útero materno más de 3 embriones, con el objetivo de evitar las gestaciones múltiples y los riesgos asociados a ello. Desde hace años, en Tambre apostamos por la transferencia de un único embrión, pensando en el bienestar tanto de la futura mamá como del bebé, puesto que las gestaciones de más de un embrión se consideran embarazos de riesgo. Y ello es posible gracias a que, como clínica de medicina reproductiva avanzada, Tambre usa la más alta tecnología en materia de selección embrionaria.
Vídeo: el dr. Izquierdo habla de la Ley española de reproducción asistida
Datos destacables
Por otro lado, es necesario subrayar las partes de la legislación que hablan sobre la filiación, es decir, la relación de parentesco entre padres e hijos, lo cual preocupa a algunos pacientes. En este contexto destacamos varias cuestiones:
- Ni la paciente ni su pareja, una vez hayan otorgado su consentimiento formal, previo y expreso para una fecundación específica con la contribución de uno o varios donantes, podrán impugnar la filiación matrimonial del hijo que nazca como resultado de dicho proceso de fecundación.
- Las parejas de mujeres pueden realizar el método ROPA. En España, la madre no gestante en estos tratamientos será reconocida también como progenitor legal. con los cambios introducidos en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI incorpora en el artículo 120 del Código Civil el término de «progenitor no gestante». En otros países todo dependerá de la legislación.
- Las personas donantes de gametos nunca tendrán deber o derecho de filiación.
- Respecto a la inseminación post mortem, la ley dicta que, si el material reproductor del esposo no está en el útero de la mujer en el momento de su muerte, no se puede establecer la filiación legal con el hijo nacido mediante técnicas reguladas. No obstante, el varón puede consentir, por escrito, el uso de su material reproductor hasta 12 meses después de su muerte para concebir con su esposa. Este consentimiento genera efectos legales de filiación y puede revocarse antes del procedimiento.
Clínica Tambre, a la vanguardia de la reproducción asistida
La ley que regula las técnicas de reproducción asistida en España es completa, rigurosa, adaptada a los tiempos actuales y en muchas ocasiones, avanzada en comparación con otras regulaciones europeas.
Si te estás planteando someterte a un tratamiento de fertilidad, nuestra clínica en Madrid puede ayudarte a tener el bebé que tanto deseas, no dudes en contactar con nosotros si necesitas más información. Tambre, en línea con todos los aspectos legales y bioéticos exigidos, ofrece soluciones reproductivas para los casos más complejos. Aplicamos una medicina reproductiva avanzada basada en la personalización y en el trato cercano.